Son los productos obtenidos por cocción de frutas Hortalizas, o tubérculos (enteros o fraccionados) sus jugos y/o pulpas, con azúcares (azúcar, dextrosa, azúcar invertido, jarabe de glucosa o sus mezclas), los que podrán ser reemplazados parcial o totalmente por miel.
Las materias primas y las características generales de los productos elaborados deberán cumplimentar las siguientes condiciones: