Indicaciones Geográficas

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Proceso del Trámite de Registro

  • Hacer Click para acceder al informe de diagnóstico
  • En esta etapa el equipo técnico contará con el informe para el diagnóstico completo, pudiendo realizar una visita a la región o las investigaciones que considere, tanto en el área de influencia como mediante consultas específicas a organismos relacionados con el tema. En caso que la oficina de registro apruebe la etapa de diagnóstico se procede al paso 3.
  • Hacer Click para acceder al formulario de registro de la DO/IG (ver contacto de envío en el formulario).
  • Una vez enviado el formulario se inicia el expediente. La OR evalúa el cumplimiento de los requisitos jurídicos y técnicos. En caso que la información esté incompleta se le solicitará al grupo interesado el material/documentación que considere necesario pudiendo actuar del mismo modo que en paso 2. Se realiza la verificación de marcas previas vigentes ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INPI) y se somete a consulta pública a través del boletín oficial y un diario de la zona.
  • Se realiza una Auditoría de verificación en la región y se confecciona un informe conforme al cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley y Decreto, y de lo definido en el protocolo presentado.
  • El informe de auditoría junto con el expediente serán evaluados por la Comisión Asesora.
  • El Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca aprueba el protocolo. La Autoridad de Aplicación reconoce, registra y protege la IG/DO, emitiendo la resolución correspondiente.