Código Alimentario Argentino  -  Capitulo X

Polen

Art. 785 - (Res 1550, 12.12.90) "Con la denominación de Polen se entiende el elemento masculino de las flores, recogido por las abejas obreras depositado en la colmena y aglutinado en granos por una substancias elaborada por las mismas abejas.

El polen debe estar limpio, seco, sin restos de insectos, larvas o huevos, ni exceso de propóleos, y presentar un olor característico de acuerdo a la especie floral que provenga.

Este producto puede ser secado artificialmente, siempre que el proceso elegido no exponga los granos a la luz solar directa, ni la temperatura de la corriente de aire usada para el secado sea mayor de 55°C.

El polen deberá responder a las siguientes características analíticas de composición:

  1. Humedad:

  2. secado al vacío 45 mm Hg y 65°C, máx 8%

  3. Cenizas:

  4. en base seca 600°C, máx 4%

  5. Proteínas:

  6. en base seca (Nx6,25 Kjeldahl), 15-28%

  7. pH 4 - 6

  8. Hidratos de carbono

  9. totales en base seca. 45-55%

Este producto deberá responder a las siguientes características microbiológicas:

  1. Gérmenes aerobios no patógenos,. máx 150 x 10^3 UFC/g

  2. Hongos, máx 10^2 UFC/g

  3. Ausencia de gérmenes patógenos

El polen se envasará en recipientes bromatológicamente aptos de hasta 250 g, con cierre que impida que el producto absorba humedad, los envases serán de vidrio o plástico rígido transparente, a fin de poder observar su contenido.

Se considera polen no apto para el consumo, aquel que presente una o más de las siguientes características:

  1. Caracteres organolépticos anormales

  2. Exceso de polvillo o de propóleos

  3. Anormalidades en la observación microscópica

  4. Composición analítica diferente a la consignada anteriormente

  5. Características microbiológicas superiores a los límites establecidos

  6. Ataque de insectos, parásitos o sus larvas

  7. Residuos de plaguicidas

  8. Substancias conservadoras

  9. Impurezas no retenidas por un tamiz IRAM 500 µ (N° 35) más de 5 por 1000.

Este producto se rotulará: Polen, en lugar y con caracteres bien visibles deberá figurar el peso neto, día, mes y año de envasamiento.

En el rótulo deben consignarse las leyendas:

"Personas Alérgicas No Consumir" o

"Alérgicos al Polen Abstenerse",

"Conservar en Lugar Seco y Fresco", y

"Consumir preferentemente dentro de los 180 días de la fecha de elaboración".


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